Términos y Condiciones para Promotores de Ventas (V1)

1. Relación Contractual:
a. Estos términos y condiciones regulan la relación contractual entre Rythanne SAS, con domicilio en Medellín, y el promotor de ventas para la promoción y venta de productos de la compañía en Colombia en adelante el “Territorio”. b. El Comisionista no negociará en nombre de la Empresa las condiciones de venta con los clientes, ni tampoco podrá firmar contratos en nombre de la Empresa, ni incurrirá en ningún tipo de obligación legal sobre ellos. Se limitará a informar a la empresa de las condiciones de venta establecidas por la Empresa. c. El Comisionista declara y reconoce que es un profesional independiente y que en ninguna circunstancia puede considerarse un empleado de la Empresa.
2. Obligaciones del Promotor:
a. El promotor se compromete a promover de manera activa y diligente los productos de la compañía dentro del Territorio. b. Deberá cumplir con todas las leyes y regulaciones colombianas aplicables, incluyendo las normas de protección al consumidor y competencia justa. c. Se obliga a actuar con probidad, honestidad y transparencia en todas las transacciones y comunicaciones relacionadas con la venta de los productos. d. El Promotor se identificará en todo momento como una persona debidamente nombrada y autorizada por la Empresa para llevar a cabo la promoción y venta de los productos. e. El Promotor llevará a cabo la promoción y venta de los productos de acuerdo a los precios fijados por la Empresa y en ninguna circunstancia venderá los productos a otros precios, salvo que así se lo indique por escrito la Empresa.
3. Comisiones y Compensación:
a. El promotor recibirá una comisión por las ventas realizadas de acuerdo con la estructura de comisiones establecida por la compañía y compartida en la reunión comercial. b. Las comisiones se pagarán conforme a los términos acordados y estarán sujetas a la entrega de informes precisos y oportunos por parte del promotor. c. Las comisiones se establecerán sobre los precios de venta de los productos, sin incluir otros costes (tales como costes de transporte o seguro) ni impuestos aplicados a cada venta. d. El pago de las comisiones se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta del Comisionista durante los primeros 15 días del mes en curso desde que la Empresa recibe cada uno de los pagos de los clientes. e. Todas las comisiones se pagarán en pesos colombianos
4. Confidencialidad:
a. El promotor se compromete a mantener la confidencialidad de toda la información confidencial de la compañía a la que tenga acceso durante la ejecución de sus funciones como promotor de ventas.
5. Material Publicitario:
a. Durante la vigencia del presente Contrato, la Empresa proporcionará al Comisionista, sin coste alguno, material publicitario (catálogos, folletos, hojas de producto, listas de precios) con la finalidad de ayudarle a la promoción y venta de los productos en el Territorio.
6. Compromiso de no competencia:
a. Durante la vigencia del presente Contrato, el Comisionista declara y se compromete realizar actividades de promoción y venta en el Territorio de productos similares o que puedan confundirse con los productos vendidos por la Empresa.
7. Duración y Terminación:
a. Este contrato tendrá una duración de 6 meses a partir del envío del formulario de promotor de ventas. Cualquiera de las partes podrá dar por terminado el contrato mediante notificación por escrito con 30 días de antelación. El contrato se renueva automáticamente por otros 6 meses si ninguna de las partes da por terminada la relación.
b. La terminación del contrato no afectará las obligaciones de confidencialidad y las disposiciones sobre pagos pendientes de comisiones.
8. Compromiso de no competencia:
a. Este contrato tendrá una duración de 6 meses a partir del envío del formulario de promotor de ventas. Cualquiera de las partes podrá dar por terminado el contrato mediante notificación por escrito con 30 días de antelación. El contrato se renueva automáticamente por otros 6 meses si ninguna de las partes da por terminada la relación.
9. Ley Aplicable y Jurisdicción:
a. Este contrato se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes de la República de Colombia. b. Cualquier controversia derivada de este contrato será resuelta por los tribunales competentes de Medellin, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
10. Modificaciones:
a. Cualquier modificación o enmienda a este contrato deberá realizarse por escrito y ser firmada por ambas partes para ser válida y vinculante.
11. Aceptación:
a. El promotor de ventas declara haber leído, entendido y aceptado estos términos y condiciones antes de iniciar sus actividades como promotor de ventas para la compañía. 
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